Cómo reclamar la devolución del IRPF por la baja de maternidad

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Hace poco más de un mes, el Tribunal Supremo español dictaminó que el subsidio de la Seguridad Social que se percibe durante la baja por el nacimiento de un hijo -conocido como prestación por maternidad- está exento de pagar IRPF. Dado que hay muchas personas que han visto afectados sus ingresos por la aplicación de esta retención, Hacienda está ultimando un sistema para reclamar la devolución del IRPF por la baja de maternidad desde 2014. Si has sido madre en los últimos años y crees que podrás beneficiarte de la devolución, en este artículo te contamos todo lo que necesitas saber para poder hacerlo.

¿Qué es la prestación por maternidad y por qué está exenta de tributar?

La prestación por maternidad es el subsidio que gestiona la Seguridad Social que trata de compensar la pérdida de ingresos del trabajador a consecuencia del permiso de descanso por el nacimiento de un hijo, adopción, tutela o acogimiento. Durante ese periodo, el contrato de trabajo queda en suspenso y se interrumpe la actividad laboral. El problema que generaba esta prestación era la controversia entre los contribuyentes (que consideran que al no ser un sueldo como tal no habría por qué tributar por ella) y la Agencia Tributaria, que estima que sí son rendimientos del trabajo y como tales había que pagar impuesto sobre la renta por su percepción correspondiente a las 16 semanas de duración del permiso.

A raíz de esto, a lo largo de los años han tenido lugar sentencias contradictorias por parte de los diferentes Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas, pero ahora el Tribunal Supremo ha sentado jurisprudencia para unificar el criterio y ha establecido que la prestación por maternidad a cargo de la Seguridad Social debe entenderse incluida en la casuística de rentas exentas enumeradas en el artículo 7 de la Ley del IRPF, tales como “las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad”

¿Quién podrá reclamar la devolución del IRPF por la baja de maternidad?

  • Podrán reclamarlos las madres y los padres que por sus ingresos tengan la obligación de declarar el impuesto de la renta  y hayan disfrutado la baja de maternidad desde el 2014.
  • Las mujeres autónomas que hayan recibido esta prestación, siempre y cuando estén en situación de alta en el RETA y al corriente en el abono de las cuotas de la Seguridad Social.
  • No se podrá reclamar el IRPF cuando la declaración de la renta haya sido comprobada y modificada y se haya aceptado una autoliquidación firme, ni tampoco si se ha recibido una sentencia o resolución administrativa firme contra la devolución del IRPF.
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¿Cómo va a ser el formulario oficial para reclamar la devolución del IRPF por la baja de maternidad?

La Agencia Tributaria está elaborando un formulario específico de solicitud con el que se podrá reclamar la devolución del IRPF por la baja de maternidad fácilmente y sin necesidad de desplazamientos. Dicho formulario verá la luz en las próximas semanas y, aunque aún no contamos con el modelo exacto, el Ministerio de Hacienda ya ha desvelado algunas de sus claves:

  • Solo podrán reclamarse las prestaciones recibidas desde el 2014, ya que los derechos y obligaciones tributarias prescriben a los cuatro años (aunque no se cerrará la puerta a quienes tengan abiertos pleitos de años anteriores sobre los que aún no haya recaído sentencia).
  •  La persona perceptora de la prestación deberá indicar el año o los años en los que haya percibido la prestación y su número de cuenta bancaria para que se le realice el ingreso de la cantidad correspondiente, calculada con datos que ya contempla y contiene la propia Agencia Tributaria.
  • No habrá que aportar certificado acreditativo de la Seguridad Social de haber percibido las prestaciones por maternidad, ya que la Agencia recabará estos datos directamente.
  • A quien se le haya aplicado la retención en 2018, la podrá recuperar a través de la próxima renta de este mismo ejercicio, utilizando los datos fiscales que les ofrecerá la propia Agencia

Cómo reclamar la devolución del IRPF por la baja de maternidad

Instrucciones para reclamar la devolución del IRPF por la baja de maternidad según el formulario

Estos son los diferentes apartados que encontrarás en el formulario de la Agencia Tributaria, una vez esté habilitado, y cómo debes rellenarlos:

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Interesado

En esta sección se introducirán los datos personales del perceptor de la prestación pública de maternidad que solicita la rectificación: nombre, apellidos, DNI, domicilio fiscal, número de afiliación de la Seguridad Social…

Representante

Este apartado sólo tendrá que se rellenarse en el caso de que el interesado actúe por medio de un abogado, gestoría o asesor. Tendrán que proporcionarse los datos identificativos del representante y la correspondiente documentación que acredite dicha representación.

Datos adicionales

Aquí hay que especificar el año o los años en que se haya percibido la prestación, tanto si es por haberla disfrutado en dos años distintos no consecutivos (por ejemplo, al haber tenido un hijo en 2015 y otro en 2017), como si se ha disfrutado de un único permiso en años diferentes (por ejemplo, de diciembre de 2015 a marzo de 2016)

Datos de la devolución

Aquí hay que introducir el IBAN y número de cuenta bancaria en la que se quiere que nos realicen la eventual devolución. El perceptor de la prestación deberá ser el titular de dicha cuenta para poder recibirlo.

Motivo de la prestación de la solicitud

En este apartado se podrá aportar la documentación voluntaria que se estime oportuna, así como cualquier manifestación que el contribuyente considere conveniente.

Fecha y firma

Finalmente, se hará constar la fecha y lugar en la que se realiza la solicitud, autorizándola con la consecuente firma.

La Solicitud de Rectificación de la Autoliquidación, el modelo alternativo para reclamar la devolución del IRPF por la baja de maternidad mientras llega el formulario

Hasta que aparezca el formulario oficial, la única forma de reclamar la devolución del IRPF por la baja de maternidad es mediante la solicitud de rectificación de la autoliquidación. Si no quieres esperar, la Organización de Consumidores y Usuarios facilita un modelo en su web para realizar esta solicitud, que únicamente tendrás que presentar tras rellenarlo con tus datos.

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